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REFERÉNDUM ABROGATIVOS 2022 – Voto por correspondencia de los ciudadanos italianos residentes en el exterior.

Data:

11/04/2022


REFERÉNDUM ABROGATIVOS 2022 – Voto por correspondencia de los ciudadanos italianos residentes en el exterior.

Mediante Decreto del Presidente de la República de 06/04/2022, publicados en la Gaceta Oficial del 07/04/2022, se estableció para el 12 de junio de 2022 la fecha de los referéndum abrogativos ex art. 75 de la Constitución.

Se recuerda que el VOTO es un DERECHO protegido por la Constitución Italiana y que, según la Ley 27 de diciembre de 2001, n. 459, los ciudadanos italianos residentes en el exterior, inscritos en las listas electorales, pueden VOTAR POR CORREO. Para ello, se recomienda comprobar y regularizar su registro y su dirección en el consulado competente.

ALTERNATIVAMENTE, PARA LOS ELECTORES QUE RESIDEN EN EL EXTERIOR Y ESTÁN INSCRITOS EN EL AIRE, ES POSIBLE VOTAR EN ITALIA EN SU MUNICIPIO DE INSCRIPCIÓN ELECTORAL, comunicando por escrito su elección (OPCIÓN) al Consulado a más tardar en los 10 días sucesivos luego de la publicación de las votaciones. Los electores que elijan votar en Italia con ocasión de la próxima consulta del referéndum, recibirán de sus respectivos municipios italianos la postal-aviso para votar en los colegios electorales de Italia.

La elección (opción) de votar en Italia solo es válida para un referéndum.

Se reitera que en cualquier caso la opción DEBE LLEGAR A LA OFICINA CONSULAR DENTRO DE UN PERIODO MÁXIMO DE DIEZ DÍAS LUEGO DE LA CONVOCATORIA DE LAS VOTACIONES, O ANTES DEL DÍA 17/04/2022. Dicha comunicación podrá hacerse en papel simple y - para ser válida - deberá incluir el nombre, apellidos, fecha, lugar de nacimiento, lugar de residencia y firma del elector, acompañada de una copia de un documento de identidad del declarante. Para esta comunicación se puede utilizar también el correspondiente formulario descargable del sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Cooperación Internacional (www.esteri.it) o de la propia Oficina Consular.

Según lo prescrito por la normativa vigente, será responsabilidad de los electores verificar que la comunicación de opción enviada por correo haya sido recibida en el periodo establecido por su Oficina Consular.

La elección de votar en Italia puede ser posteriormente REVOCADA con una comunicación escrita que se enviará o entregará a la Oficina Consular con las mismas modalidades y dentro de los mismos plazos previstos para el ejercicio de la opción.

Si decide volver a Italia para votar, la Ley NO prevé ningún tipo de reembolso por los gastos de viaje incurridos, sino solo ventajas tarifarías dentro del territorio italiano. Solo los electores residentes en países donde no existen las condiciones para votar por correspondencia (Ley 459/2001, art. 20, párrafo 1-bis) tienen derecho al reembolso del 75 por ciento del coste del pasaje de viaje, en clase económica.

LA OFICINA CONSULAR ESTÁ A DISPOSICIÓN PARA CUALQUIER OTRA ACLARACIÓN.

11/04/2022


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