{"id":1048,"date":"2014-09-04T18:36:32","date_gmt":"2014-09-04T16:36:32","guid":{"rendered":"https:\/\/amblapaz.esteri.it\/news\/dall_ambasciata\/2014\/09\/ricalcolopensioni-2\/"},"modified":"2014-09-04T18:36:32","modified_gmt":"2014-09-04T16:36:32","slug":"ricalcolopensioni-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/amblapaz.esteri.it\/es\/news\/dall_ambasciata\/2014\/09\/ricalcolopensioni-2\/","title":{"rendered":"Comunicaci\u00f3n INPS relativa al nuevo c\u00e1lculo de las jubilaciones en el exterior a ra\u00edz de la comprobaci\u00f3n de las entradas de los jubilados relativas al 2011 y 2012. Inicio de la segunda fase de comprobaci\u00f3n de las entradas 2013."},"content":{"rendered":"<p><P>Para proporcionar adecuadas informaciones al p\u00fablico interesado, se reproduce a continuaci\u00f3n cuanto comunicado por la sede central del Instituto Nacional de la Previdencia Social acerca del nuevo c\u00e1lculo de las jubilaciones sobre la base de las declaraciones (REDEST) proporcionadas por los interesados relativas a las entradas recibidas durante los a\u00f1os 2011 y 2012, adem\u00e1s acerca del inicio de la segunda fase de la comprobaci\u00f3n de las entradas recibidas en el 2013 (REDEST 2014).<\/P><P>A) NUEVO C\u00c1LCULO DE LAS JUBILACIONES.<\/P><br \/>\n<P>El nuevo c\u00e1lculo concerni\u00f3 las jubilaciones de los sujetos residentes en el exterior para las cuales se han recibido hasta el 31 de marzo de 2014 las declaraciones \u201cREDEST\u201d relativas a las entradas recibidas en el 2012 y relativas a las entradas 2011 entregadas a ra\u00edz de una exhortaci\u00f3n.<\/P><br \/>\n<OL><br \/>\n<LI>En ocasi\u00f3n de dicho nuevo c\u00e1lculo han sido actualizados los datos de estado civil, de ciudadan\u00eda y de residencia, y, para las jubilaciones en r\u00e9gimen intencional, tambi\u00e9n del monto de la prorrata del exterior.\u00a0<\/LI><br \/>\n<LI>Dicho nuevo c\u00e1lculo no concierne las entradas anuales declaradas superiores a 99.000,00 Euros. Las relativas jubilaciones ser\u00e1n sucesivamente elaboradas por las sedes provinciales INPS despu\u00e9s de haber verificado la exactitud de los datos para la eventual reconstituci\u00f3n de la jubilaci\u00f3n.<\/LI><br \/>\n<LI>El tipo de cambio empleado para la conversi\u00f3n en euros de las entradas formuladas en moneda extranjera es el relativo al diciembre del a\u00f1o al cual se refiere la entrada.\u00a0<\/LI><br \/>\n<LI>La cuota de jubilaci\u00f3n es procesada para el pago en el monto actualizado a partir de septiembre de 2014.<\/LI><br \/>\n<LI>Eventuales cuotas atrasadas tienen vigencia a partir de enero de 2011 para las declaraciones relativas a ese a\u00f1o y de enero de 2012 para las del 2012. En caso de c\u00e1lculo referido a a\u00f1os anteriores la vigencia comenzar\u00e1 a partir del primero de enero del a\u00f1o en cuesti\u00f3n.\u00a0<\/LI><br \/>\n<LI>Los saldos a cr\u00e9dito que tengan importe de hasta 500,00 Euros ser\u00e1n procesados para el pago, al neto de las eventuales deducciones IRPEF, con la cuota de septiembre de 2014, mientras las de importe superior ser\u00e1n definidos por las sedes provinciales del INPS.<\/LI><br \/>\n<LI>En caso de saldo a d\u00e9bito la primera deducci\u00f3n tiene vigencia a partir de la cuota de noviembre de 2014.<\/LI><br \/>\n<LI>El INPS se limit\u00f3 a actualizar la sola base de datos en caso de que las entradas declaradas y de actualizaci\u00f3n de la prorrata del exterior no hayan producido saldos debidos por per\u00edodos anteriores, ni variaciones del importe corriente de la jubilaci\u00f3n.\u00a0<\/LI><br \/>\n<LI>Para visualizar los datos relativos a la reconstrucci\u00f3n ha sido predispuesto el form. TE08, consultable a trav\u00e9s de los Patronados en el exterior, si autorizados por los interesados.<\/LI><\/OL><br \/>\n<P>B) CAMPA\u00d1A REDEST 2014. SEGUNDA FASE.<\/P><br \/>\n<OL><br \/>\n<LI>Concluy\u00f3 el pasado 15 de julio la primera fase de recolecci\u00f3n de las declaraciones de las entradas REDEST para el a\u00f1o 2014 (entradas 2013). Para dicha recolecci\u00f3n el INPS colabor\u00f3 con los Entes de Patronado, para los cuales se puso a disposici\u00f3n el procedimiento inform\u00e1tico para la adquisici\u00f3n de los datos de las entradas y la transmisi\u00f3n v\u00eda Web de la declaraci\u00f3n.\u00a0<\/LI><br \/>\n<LI>En unos d\u00edas ser\u00e1 activada la segunda fase de la recolecci\u00f3n, destinada a los sujetos para los cuales no resultan todav\u00eda enviadas al Instituto las declaraciones solicitadas (se trata de 98.108 posiciones sobre alrededor de 220.000 titulares residentes en el exterior).<\/LI><br \/>\n<LI>A dichos jubilados ser\u00e1 enviada una solicitud en un \u00fanico sobre conteniente:<BR><\/LI><br \/>\n<OL><br \/>\n<LI>la carta de presentaci\u00f3n, con breve explicaci\u00f3n de los servicios <EM>on-line<\/EM> del INPS a disposici\u00f3n del connacional;<\/LI><br \/>\n<LI>el formulario REDEST y las relativas instrucciones para el llenado;<\/LI><br \/>\n<LI>la eventual solicitud de integraci\u00f3n de las informaciones relativas a la campa\u00f1a REDEST 2012 (entradas 2011).<BR><\/LI><\/OL><br \/>\n<LI>El formulario REDEST que contiene la declaraci\u00f3n de las entradas deber\u00e1 llegar al INPS hasta el 25 de febrero de 2015. El mismo podr\u00e1 ser transmitido apoy\u00e1ndose a la asistencia gratuita de un Ente de Patronado o llenado y enviado por el interesado, junto a la documentaci\u00f3n solicitada, a la sede provincial del INPS que gestiona la jubilaci\u00f3n, indicada en la parte superior izquierda de la carta de presentaci\u00f3n.\u00a0 <\/LI><\/OL><br \/>\n<P>\u00a0<\/P><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Para proporcionar adecuadas informaciones al p\u00fablico interesado, se reproduce a continuaci\u00f3n cuanto comunicado por la sede central del Instituto Nacional de la Previdencia Social acerca del nuevo c\u00e1lculo de las jubilaciones sobre la base de las declaraciones (REDEST) proporcionadas por los interesados relativas a las entradas recibidas durante los a\u00f1os 2011 y 2012, adem\u00e1s acerca [&hellip;]","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"tags":[],"class_list":["post-1048","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/amblapaz.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1048","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/amblapaz.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/amblapaz.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amblapaz.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amblapaz.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1048"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/amblapaz.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1048\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/amblapaz.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1048"}],"wp:term":[{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/amblapaz.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1048"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}