SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LAS INSCRIPCIONES DE NACIMIENTO
Il Consiglio dei Ministri approva modifiche alla legge sulla cittadinanza “ius sanguinis”
Se aclara que para los fines de inscripción de las partidas de estado civil en Italia, la Oficina Consular solicita la presentación de la documentación original, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores boliviano y traducida al italiano, de la/s fotocopia/s de la/s página/s del libro original (no se requieren los certificados).
ESTADO CIVIL
- Los ciudadanos italianos deben declarar todas las variaciones de estado civil (produciendo las relativas actas u otra documentación) que ocurren durante su permanencia en el extranjero, a la Oficina consular competente por el lugar donde ocurrió el evento.
- Las actas de estado civil relativos a eventos que ocurrieron en el extranjero pueden ser presentados por los interesados y por quien sea tenga interés o directamente al Municipio italiano de pertenencia (véase art. 12, inciso 11, DPR 396/2000) o a la Oficina consular competente (él de residencia del interesado o en cuya circunscripción las actas han sido formadas).
- Los documentos expedidos por países que se han adherido a la Convención de Viena de 8 de septiembre de 1976, que prevé la expedición de un formulario multilingüe, están exentos de legalización y traducción. Estos países son: Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia y Herzegovina, Croacia, Eslovenia, España, Francia, Italia, Luxemburgo, Macedonia, Montenegro, Países Bajos, Polonia, Portugal, Serbia, Turquía y Suiza.
Para mayores informaciones escribir a consolare.lapaz@esteri.it
REGISTRO NACIMIENTO (MENORES DE EDAD)
Los hijos de ciudadanos italianos, también si nacieron en el extranjero y eventualmente en poseso de otra ciudadanía, son ciudadanos italianos.
Su nacimiento debe, por lo tanto, ser registrado en Italia.
Para solicitar la transcripción de un nacimiento, el connacional puede dirigirse a la Representación diplomático o consular competente para el lugar donde ocurrió el evento, con los siguientes documentos:
Si el menor nació dentro del matrimonio, el progenitor italiano primeramente debe registrar el matrimonio y después el nacimiento:
– Certificado de nacimiento apostillado y traducido
– Copia del libro de nacimiento solo traducida
– Fotocopias de un documento de identidad vigente de ambos padres y del menor
– Formulario de solicitud de registro de nacimiento
– Formulario de actualización AIRE
Si el menor nació fuera del matrimonio, la documentación que debe presentar es:
– Certificado de nacimiento apostillado y traducido
– Copia del libro de nacimiento apostillada y traducida
– Fotocopias de un documento de identidad vigente de ambos padres y del menor
– Formulario de solicitud de registro de nacimiento
– Formulario de actualización AIRE
REGISTRO MATRIMONIO:
– Certificado de matrimonio apostillado y traducido al italiano
– Copia del libro de matrimonio traducida al italiano
– Fotocopias de un documento de identidad vigente de ambos cónyuges
– Formulario de solicitud de registro de matrimonio
REGISTRO DIVORCIO:
– Sentencia de divorcio apostillada y traducida al italiano (la sentencia tiene que incluir la fecha de ejecutoriedad)
– Fotocopias de un documento de identidad vigente de ambos cónyuges
– Formulario de solicitud de registro de divorcio
REGISTRO DEFUNCIÓN:
– Certificado de defunción apostillado y traducido al italiano
– Copia del libro de defunción traducida al italiano
– Fotocopia de un documento de identidad vigente del solicitante
– Fotocopia de un documento de identidad del difunto
– Formulario de solicitud de registro de defunción
Las actas de estado civil relativos a eventos que ocurrieron en el extranjero tienen que ser apostillados (o legalizados) por la autoridad del País que los emite, traducidos al italiano y legalizados por el Consulado italiano en el País donde han sido emitidos.